Se aplica por ley en todo el territorio español A partir del martes 11 de mayo la velocidad en ciudades y travesías
se aplican desde el martes 11 de mayo de 2021
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TRÁFICO nuevos límites de velocidad
Se aplica por ley en todo el territorio español
A partir del martes 11 de mayo la velocidad en ciudades y travesías será:
▶️ Vías sin diferencia de altura entre calzada y acera en plataforma única
20 km/h.
▶️ Vías de un solo carril por sentido 30 km/h.
▶️ Vías de 2 o más carriles por sentido 50 km/h.
Modificación del Reglamento General de la Circulación
Artículo 50: Límites de velocidad en vías urbanas y travesías.
1. El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de:
- a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
- b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
- c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
Los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso
exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
2. Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa
señalización específica, por
la Autoridad Municipal.
3. Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en
vías de un único carril
por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización
específica.
4. En las vías urbanas a las que se refiere el apartado 1c con límite a 50
km/h y en travesías, los vehículos que transporten mercancías peligrosas
circularán como máximo a 40 km/h.
5. El límite genérico de velocidad en travesías es de 50 km/h para todo
tipo de vehículos. Este límite
podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de
la vía, previa señalización
específica.
6. El límite genérico de velocidad en autopistas y autovías que
transcurren dentro de poblado será
de 80 km/h, no obstante podrán ser ampliados por acuerdo de la Autoridad
Municipal y el titular de
la vía, previa señalización específica, sin rebasar en ningún caso los
límites genéricos establecidos
para dichas vías fuera de poblado.
Límite de velocidades según el tipo de vía
Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa
señalización específica, por la Autoridad Municipal.
Vías con plataforma única de calzada y acera 20 km/h
Con único carril por sentido de circulación con plataforma única (sin
diferencia de altura) entre calzada y acera. Límite a 20km/h:
Límite a 20km/h |
Un solo carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada
y acera para dos sentidos de circulación. Límite a 20km/h:
Vías urbanas con un solo carril por sentido de circulación 30km/h
Único carril por sentido de circulación. Límite a 30km/h:
Único carril por sentido de circulación. Límite a 30km/h.
(Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad hasta 50 km/h, previa señalización.)
(Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad hasta 50 km/h, previa señalización.)
Límite a 30km/h (excepcionalmente 50) |
Vías urbanas con dos solo carriles o más por sentido de circulación 50km/h
Dos carriles por sentido de circulación. Límite a 50km/h.
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